GUIA PARA LA IGUALDAD SALARIAL (Aspectos relevantes)
- Airton Valdivia Postigo

- Sep 27, 2018
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Como antecedente tenemos que en el mes de diciembre de 2017 se aprobó la Ley de no discriminación salarial (Ley 30709), en el presente año 2018, en el mes de marzo se aprobó su reglamento (Decreto Supremo Nº 002-2018-TR), y con dos meses de retraso, se promulgó la Guía técnica del 26 de septiembre por parte del MTPE, norma la cual comentaremos.
Los aspectos mas relevantes de esa Guía son los siguientes:
1. Importante conocer cuando se iniciaran las fiscalizaciones sobre este tema: Empezará en julio del 2019 para las empresas y para las micro y pequeñas empresas desde diciembre del 2019.
2. Las empresas, con criterios objetivos y atendiendo a su core business deberán desarrollar cuadros de categorías y funciones (si ya cuentan con ellas, deberán adecuar sus políticas salariales e informar a sus trabajadores). Lo indicado servirá para evaluar y organizar sus puestos de trabajo.
3. El MTPE ha indicado que como contenido mínimo los puestos de trabajo deben contar con la descripción general de las características de los puestos que justifican su agrupación en una categoría, y su jerarquización sobre la base de su valoración y a la necesidad del core business de la empresa.
4. Además, recomendamos que el Empleador deberá identificar todos los puestos para evitar su duplicidad, así como determinar el genero del colaborador en cada puesto (no olvidarse de los criterios objetivos). Es decir, aunque la intención de esta guía es eliminar la brecha actual, existen labores que por sus características no podrían ser realizados por ambos géneros, pero esto se debe aclarar lo mencionado por los criterios objetivos.
5. Tal vez el punto mas importante, es la valorización de los puestos, es decir “evaluar el desempeño sino valorizar el peso del trabajo dentro de la organización en base a cuatro factores: calificación o competencia, condiciones de riesgo, responsabilidades por departamento de trabajo, y, finalmente, identificar las diferencias salariales y eliminar las brechas', así lo señala nuestro amigo Percy Alache, directo laboral de PwC.
6. Como último punto relevante, la Guía indica que se debe conformar en la Empresa un comité de Igualdad Salarial (compuesto por representantes de la empresa y de los trabajadores), lo cual será muy útil pero es preciso indicar que esto no esta citado ni en la Ley ni en su Reglamento.
7. No olvidarnos, que de todo lo mencionado, se debe revisar los anexos que contiene esta Guía lo cual ayudara a la implementación de estas nuevas políticas en la Empresa.
Como comentario final, expresar que esta guía y las que seguirán, ayudaran mucho a que de manera fidedigna se les pague/retribuya a los trabajadores por lo que hacen y no por lo que son. Debemos entender, como empleadores, que a un trabajador se le debe pagar por las labores que realice y su aporte a la empresa, y no por su género, edad u otro aspecto que no tiene vinculación respecto a sus labores encomendadas por su empleador.
Puede descargar la Guía en el siguiente link: https://www.gob.pe/institucion/mtpe/normas-legales/196931-243-2018-tr





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